LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo relacionado con los pueblos y comunidades indígenas
ARTICULO 38
Son atribuciones de los Ayuntamientos:...
XLIII. Asesorar, orientar y ayudar a los habitantes de los núcleos
campesinos e indígenas, en la tramitación de sus asuntos ante las
dependencias federales y estatales...
LXI. Proteger y conservar la cultura de los grupos étnicos asentados
en el municipio.

Red de Información Indígena
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